RIESGOS AGROPECUARIOS Y FORESTALES.

SEGUROS AGRÍCOLAS:

Cosecha Fina:

            Cultivos invernales que se siembran en mayo/ julio y se cosechan en noviembre/ enero.

            Los principales son trigo, cebada, centeno, avena, lentejas, colza, etc.

Cosecha Gruesa:

            La campaña gruesa comienza a sembrarse en septiembre y finaliza en enero según el cultivo.             Agrupa a soja, maíz, sorgo y girasol.

Coberturas de seguro agrario:

Riesgos Nominados:

            El asegurador responde únicamente por los daños que se hayan causado por el riesgo específico asegurado.

            Granizo, incendio, helada, inundación, exceso de lluvias, otras.

Multiriesgos climáticos: El asegurador responde según la combinación de coberturas contratadas.

Seguros nominados:

Granizo: La indemnización se inicia cuando el daño supere el 6% por cada 10 hectáreas o fracción.

Medida de la prestación: para este tipo de coberturas es la Prorrata

Cobertura Básica:    Asegura daños o pérdidas de la cosecha a consecuencia del granizo hasta el capital total asegurado sobre las plantas.

Estén arraigadas al suelo: El producto tradicional incluye una franquicia no deducible del 6%, correspondiente a la superficie afectada por siniestro.

Cobertura Clásica o Básica:

Incendio: Asegura los daños materiales causados por la acción directa del fuego a los productos asegurados.

Resiembra: Se cubren los gastos de la resiembra hasta un 100% de la suma asegurada por granizo.

Coberturas adicionales:

El productor agropecuario puede completar la cobertura básica con uno o más adicionales pagando una sobreprima sobre la cobertura tradicional de granizo.

Vientos Fuertes: por efecto mecánico del viento.

Heladas: caída brusca de la temperatura hasta niveles iguales o menores a 0° centígrados.

Lluvia en exceso:

            Si provoca clorosis o disminución evidente de la intensidad del color y que provoquen una merma en el rendimiento.

            Máximo aproximado a indemnizar es el 70% de la suma asegurada.

            Falta de piso: cubre la imposibilidad de realizar la recolección mecánicamente de los granos luego de su madurez fisiológica.

Suma asegurada: Valor a asegurar por hectárea, expresadas en Pesos, Dólares o Quintales.

Si tomamos pesos, no importa la variación del precio del cereal, siempre el valor será igual.

Si tomamos dólares o quintales, el valor en pesos a liquidar será variable.

Principio y fin de la cobertura:

Principio de la cobertura: Varían de 48 a 72hs y están directamente ligadas al tiempo de predicción de las tormentas.

Granizo e incendio: a la hora 12 del tercer día posterior al del envío de toda la documentación requerida.

Vientos Fuertes o heladas: a la hora 12 del sexto día posterior al del envío de la documentación.

Cobertura de Incendio:

            Corresponde a un estado fenológico de la planta determinado por su altura o bien por la cantidad de hojas desarrolladas o la entrada en estado reproductivos.

            En caso de gramíneas suele usarse la cantidad de nudos visibles.

Indemnización: Esta se hará efectiva cuando el daño supere la franquicia expresada en porcentaje, de la suma asegurada que corresponda a la superficie afectada por el siniestro.

El premio: Puede ser en quintales, pesos o dólares,